El Colegio de Agrimensura de Mendoza (CAM) informa que, conforme a lo resuelto en la Asamblea Extraordinaria del 31 de octubre de 2024, la acreditación del efectivo pago de los aportes previsionales por cada labor profesional, de acuerdo con el artículo 74, inciso B de la Ley 7361, será condición obligatoria para la iniciación de cualquier trámite relacionado con labores profesionales en el Colegio.
De esta manera, a partir del 1 de enero de 2025, sin excepción, se controlará este requisito para todo tipo de tarea profesional. Esta medida, a su vez, se implementa en cumplimiento de la Resolución del Consejo Directivo N.º 1857-2024.
Invitamos a los matriculados a regularizar cualquier situación pendiente antes de la fecha mencionada. Para más información, contactarse con las oficinas del Colegio.