En esta nota, se presenta en detalle el informe elaborado por ATM-Catastro a raíz de las consultas que el Colegio de Agrimensura de Mendoza (CAM) trasladó respecto del último revalúo rural, el cual suscitó inquietudes y consultas por parte de clientes a los profesionales agrimensores/as.
Informe completo
Debido a la dinámica del crecimiento urbano y rural en la Provincia de Mendoza en la última década, se ha detectado una considerable falta de actualización de mejoras en los inmuebles que no se ha visto reflejado en la base imponible del impuesto inmobiliario de más de 112.000 parcelas rurales y secanas de la provincia.
En este sentido y con el objetivo de mejorar la equidad tributaria en la aplicación de los impuestos patrimoniales en la provincia, es que la Administración Tributaria de Mendoza, a través de la Dirección General de Catastro, llevó a cabo durante el año 2.022 un relevamiento masivo de datos catastrales rurales, actualización cartográfica y controles sobre cantidad de metros de superficie cubierta declarados, detección de espejos de agua, detección de diferentes cultivos y espacios de riego. Para esto, se contrató una empresa que realizó el vuelo fotogramétrico del oasis mendocino, contando con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), realizando este proceso en el término de doce meses corridos.
Proceso de relevamiento de datos y tratamiento de mejoras detectadas
Debido a la necesidad de actualizar datos económicos de manera masiva, se optó por la realización de vuelos fotogramétricos con detección de mejoras realizadas por inteligencia artificial por medio de software para tal fin. En específico y respecto a las superficies cubiertas relevadas, es importante aclarar que estos datos eran incompatibles de contrastar con los datos existentes al momento debido a que tanto la designación de polígonos como su superficie computada eran dispares, en otras ocasiones, existían superficies cargadas en datos económicos (datos alfanuméricos) pero no existía su contraparte gráfica, generando esto una imposibilidad comparativa con los datos relevados de manera masiva.
Es menester aclarar que los datos anteriores a la realización del relevamiento masivo no han sido borrados ni eliminados de la base de datos de la D.G.C., si no que por el contrario, se encuentran a disposición de los profesionales en la sección de Historial de Avalúo, Historial de tratamiento impositivo, Historial de cubiertas e Historial de Otras mejoras incluidas dentro de consulta de parcelas de NSIT.
Impacto de relevamiento en la base de datos de la D.G.C.
En la primera instancia de carga de datos gráficos y debido al sistema integrado de datos gráficos y alfanuméricos, se cargaron las superficies detectadas con su fecha de relevamiento (2.022) y con una categoría de 80 puntos como criterio inicial para procesar los datos. Esto último se procuró realizar con anterioridad a la emisión de boletos de pagos de los respectivos impuestos inmobiliarios.
En una segunda instancia, desde el sector económico de ATM, se realizó un proceso de recálculo masivo de puntajes y años de construcción, optando por el método de promedios ponderados para ambos casos, es decir, a las superficies cubiertas detectadas se le aplica como año y puntaje el promedio ponderado que surge con los datos de los polígonos preexistentes en base catastral. En los casos que haya detectado mas superficie cubierta, este excedente mantendrá como categoría 80 puntos y año de construcción 2.022.
Posibilidad de reclamo
En base a las posibles inconsistencias propias del método utilizado para la captación masiva de datos y con el objetivo de posibilitar al contribuyente su derecho a reclamo, es que la Administración Tributaria Mendoza dispuso un apartado web y un correo electrónico para la consulta de avalúos como también para consulta presencial previo turno en Sede Central, Delegación Zona Este, Delegación Valle de Uco, Delegación General Alvear, Delegación Zona Sur y Receptorías.
Entre los elementos que el contribuyente puede incorporar a su reclamos se encuentran:
- Plano de construcción visado por el municipio correspondiente o certificación municipal donde conste superficie cubierta
- Fotografías
- Formulario de categorización BIC 7/8 firmado por profesional habilitado
- Plano de mensura donde consten las mejoras, categoría y año
- Cualquier otro medio probatorio que el contribuyente entienda pertinente, el que será evaluado oportunamente.
FIN del comunicado.
¿Qué medida tomará el CAM para colaborar con los profesionales?
Autoridades del CAM ya presentaron una propuesta a ATM-Catastro destinada a reforzar la atención personalizada de estas consultas e inquietudes por parte de clientes. Al respecto, se espera concretar una nueva reunión en los próximos días para terminar de delimitar y organizar «el apoyo que hemos ofrecido», adelantó el presidente del Colegio, Javier Oyhenart. «Se tratará de poner a disposición personal capacitado en cada una de nuestras sedes (Centro, Sur y Este) para que los colegas puedan derivar las consultas de sus clientes a esta atención personalizada», concluyó.